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ATEMPERADORES DEL CENTRALISMO

Para entender la realidad practica de el estado unitario, es necesario estudiar estos conceptos
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Centralización

Es el fenomeno juridico- politico  que consiste en que todas las tareas y funciones publicas se radican en la persona juridica del Estado. Es decir que el estado monopoliza todas las tareas y funciones publicas.

 

Puede darse en dos grados:

Absoluta

Atenuada

No existe ninguna division territorial y por ende ningun otro tipo de autoridad.

Reconoce la existencia de divisiones territoriales y autoridades que ejercen funciones estatales, en esas divisiones pero sin autonomia

Desconcentración

Es la radicacion de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa, sin perjuicio de las potestades y deberes de orientacion e instruccion que corresponde ejercer a los jefes superiores de la administracion

ej:

Un establecimiento publico nacional crea oficinas o agencias seccionales o regionales. 

Desconcentracion terrirorial

Desplazamiento de funciones de la capital hacia las provincias

Desconcentracion jerquica

Otorgamiento de funciones de las autoridedes superiores a las inferiores sin que exista desplazamiento disico.

Delegación

Consiste en que las autoridades pueden "transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades", con funciones afimes o complementarias.

 

Es decir, que mediante la delegacion el funcionario que es titular de una funcion (delegante) translada el ejercicio a otra autoridad (delegataria), para que esta la cumpla en nombre de aquel.

 

Siempre sera escrito y en él se determinara la autoridad delegataria y las funciones o asuntos especificos objeto de ella 

DELEGANTE

DELEGATARIO

Dezcentralizacion

Es la fucultad que se otorga a las entidades publicas diferentes al estado para gobernarse por si mismas, mediante la radicacion de funciones en sus manos para que las ejerzan autonomamente.

 

DECENTRALIZACION ADMINISTRATIVA:

 

Consiste en el otorgamiento de competencias o funciones administrativas a personas publicas diferentes del estado, para que las ejerzan en su propio nombre y bajo su propia responsabilidad, que comprende la decentralizacion politica, funcional y fiscal. Puede precentarce bajo tres modalidades:

1. Decentalizacion territorial

 

Es el otorgamiento de competencias o funciones administrativas a las colectividades regionales o locales, para que las ejerzan en su propio nombre y bajo su propia responsabilidad

 

2. Decentralizacion especializada o por servicios

 

Es el otorgamiento de competencias o funciones de la administración a entidades que se cran para ejercer una actividad especializada

 

3. Decebralizacion por colaboracion

 

Consiste en el otorgamiento de competencias o funciones de la administración a particulares para que las ejerza en nombre de ella

CENTALIZACION POLITICA Y DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA

Funciones politicas  quedan centralizadas mientras que la funcion administrativa es objeto de descentralizacion, es decir  el estado se reserva el ejercicio de las funciones constituyenye, legislativa y jurisdiccional, mientras la funcion administrativa la comparte con las secciones o provincias 

Su expresion practica implica

Existe en colombia una sola constitucion que rige en todo el pais, y frente a las ramas del poder publico opera asi:

 

Rama legislativa

Esta completamente centralizada, ejerce todas sus funciones desde la capital y las leyes rigen a todo el territorio nacional.

Rama Judicial

Esta centralizada, es decir en manos del estado, pero se utiliza el mecanismo de desconcentracion territorial, pues existen tribunales juzgados en todo el pais.

Rama Ejecutiva

Esta descentralizada, es decir que parte de la funcion administrativa se otorga a las entidades territoriales, péro el estado se reserva las funciones mas importantes, al conservar las funciones del precidente de la republica, ministros y demas autoridades admnistrativas nacionales

Ley 489 de 1998

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